domingo, 19 de octubre de 2014

COMO ACTUALIZAR EL R.U.C PARA SOCIEDADES

Formulario dependiendo del caso:
  • RUC01-A y RUC01-B: Deben ser firmados por el representante legal o apoderado, o el agente de retención; según corresponda. Se presentarán ambos formularios cuando se incremente una actividad y ésta pase a ser la principal de la sociedad.
  • RUC01-A: Debe estar firmado por el representante legal o apoderado, o el agente de retención; según corresponda. Se presentará solo este formulario cuando existan cambios en las secciones A, B, C, D, E, F, G y H. En caso de actuailzación de la actividad principal solicitada en la sección G del formulario, solo será procedente cuando ésta se encuentre previamente registrada en el establecimiento matriz, caso contrario se presentarán ambos formularios.
  • RUC01-B: Deben ser firmados por el representante legal o apoderado, o el agente de retención; según corresponda. Se presentará solo este formulario cuando existan cambios en los establecimientos y/o cuando se incrementen actividades que no correspondan a la actividad principal.
Además:
  • Identificación representante legal o agente de retención: Original de la cédula o pasaporte y original del certificado de votación (de ser el caso) del representante legal o agente de retención (exigible hasta un año posterior a los comicios electorales). Se aceptan los certificados emitidos en el exterior. En caso de ausencia del país se presentará el Certificado de no presentación emitido por la Consejo Nacional Electoral o Provincial
  • Original y copia del documento que respalde el cambio de información que desea realizar (deben guardar relación con los requisitos de inscripción)

COMO CERRAR, SUSPENDER EL R.U.C

Si una persona decidió concluir su actividad comercial por diversos motivos, también debe cancelar temporal o definitivamente su  Registro Único de Contribuyentes, mejor conocido como RUC, y así evitar las declaraciones tributarias o mantener obligaciones con el Servicio de Rentas Internas (SRI).
En primer lugar, se debe estar al día en las declaraciones tributarias y no tener deudas pendientes con el (SRI), caso contrario, no podrá realizar el trámite.
Sin obligaciones pendientes con el SRI, el ciudadano debe llenar el formulario de suspensión o cancelación del RUC para personas naturales y además adjuntar original y copia de la cédula de ciudadanía y papeleta de votación, requisito indispensable para ecuatorianos.
En caso de que el contribuyente haya fallecido se deberá también presentar el certificado de defunción.
Si el solicitante es extranjero (a) deberá adjuntar su pasaporte con las respectivas hojas de identificación, o si es refugiado la credencial  que lo acredita como tal.
Conjuntamente con el trámite de suspensión del RUC se deberá dar de baja o anular definitivamente los comprobantes de venta vigentes, facturas o autorizaciones de autoimpresores, dependiendo el caso.
Si la persona que tiene el RUC no puede realizar el trámite personalmente deberá entregar un poder general en el que se detallen los nombres, número de cédula o pasaporte del contribuyente y del sujeto que hará la suspensión.
El trámite se lo debe realizar en los 30 días hábiles posteriores a la fecha de terminación de actividades, en cualquier agencia a nivel nacional del SRI.
El cese del Registro Único de Contribuyentes no tiene ningún costo y cuando se tienen todos los documentos requeridos se demora, todo el trámite, aproximadamente 15 minutos e inmediatamente se procede a la cancelación.
Con la suspensión del RUC, la persona deja de emitir facturas y  declarar impuestos porque ya no realiza ninguna actividad económica que requiera el control del SRI.
Vale recordar que el RUC se lo puede cancelar definitiva o temporalmente, según las necesidades del solicitante.
Si es el caso de retomar la actividad económica deberá reabrir su RUC, que se mantendrá con los mismos datos pero, de ser necesario, deberá actualizar la razón social, dirección o la descripción de la ocupación económica que se va a realizar

COMO OBTENER EL R.U.C

Las personas naturales o jurídicas que realicen alguna actividad económica en Ecuador, ya sea permanente u ocasional,  deben registrarse como contribuyentes en el Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante el  Registro Único de Contribuyentes (RUC) o el código del Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano (RISE).
Este código identifica a las personas o sociedades frente a la administración tributaria y permite la declaración obligatoria de impuestos. El incumplimiento de esta Ley significa someterse a sanciones, que van desde multas hasta la clausura del negocio.

REQUISITOS PARA OBTENER EL R.U.C

PERSONAS NATURALES
  • Presentar el original y entregar una copia de la cédula de identidad, de ciudadanía o del pasaporte, con hojas de identificación y tipo de visa.
  • Presentar el original del certificado de votación del último proceso electoral
  • Entregar una copia de un documento que certifique la dirección del domicilio fiscal a nombre del sujeto pasivo
SOCIEDADES
  • Formulario 01A y 01B
  • Escrituras de constitución Nombramiento del Representante legal o agente de retención
  • Presentar el original y entregar una copia de la cédula del Representante Legal o Agente de Retención
  • Presentar el original del certificado de votación del último proceso electoral del Representante Legal o Agente de Retención
  • Entregar una copia de un documento que certifique la dirección del domicilio fiscal a nombre del sujeto pasivo

PROCEDIMIENTO:

El contribuyente se acerca a cualquier ventanillas de atención al contribuyente del Servicio de Rentas Internas a nivel nacional portando los requisitos antes mencionados e inscribe el Registro Único de Contribuyentes (RUC)


R.U.C

Información necesaria para la obtencion, creacion, actualización y cierre del R.U.C